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Verifactu se aplaza a 2028: qué cambia y qué hacer ahora
El 5 de octubre Hacienda anunció que quiere retrasar Verifactu hasta octubre de 2028 para que llegue a la vez que la factura electrónica obligatoria. Aquí tienes qué es seguro, qué todavía no, y qué te conviene hacer según tu caso.
En 30 segundos. El aplazamiento a octubre de 2028 es, por ahora, un anuncio. Hasta que se publique la norma en el BOE, las fechas que valen siguen siendo el 1 de enero de 2027 para las sociedades y el 1 de julio de 2027 para los autónomos. Lo que sí está ya publicado es la factura electrónica entre empresas: el 6 de octubre de 2027 para las que facturan más de 8 millones de euros y el 6 de octubre de 2028 para todas las demás, autónomos incluidos.
Comprueba si te afecta VerifactuQué ha dicho Hacienda exactamente
El Ministerio de Hacienda publicó una nota informativa el 5 de octubre de 2026. En ella dice que va a «proceder al aplazamiento de las obligaciones pendientes de aplicación del Real Decreto 1007/2023 […] hasta octubre de 2028, para hacerlas coincidir con la obligatoriedad de la factura electrónica para empresarios y profesionales cuya facturación anual no supere los 8 millones de euros».
La nota añade dos cosas importantes:
- Después del aplazamiento se cambiarán también algunos aspectos técnicos para que Verifactu y la factura electrónica encajen entre sí.
- Las exigencias de fondo se mantienen «en términos sustancialmente equivalentes»: que las facturas no se puedan borrar ni cambiar a escondidas, que se conserven y que se puedan comprobar.
Es decir: cambia la fecha, no lo que vas a tener que cumplir.
Qué está en vigor hoy
Una nota de prensa no cambia la ley. Para que el retraso valga tiene que aprobarse una norma que modifique las fechas del Real Decreto-ley 15/2025 y publicarse en el BOE. A 18 de octubre de 2026 no se ha publicado.
| Obligación | Quién | Fecha legal hoy |
|---|---|---|
| Verifactu | Sociedades (Impuesto sobre Sociedades) | 1 de enero de 2027 Anunciado el paso a octubre de 2028 |
| Verifactu | Autónomos y resto | 1 de julio de 2027 Anunciado el paso a octubre de 2028 |
| Factura electrónica entre empresas | Más de 8 millones de facturación | 6 de octubre de 2027 Publicado en el BOE |
| Factura electrónica entre empresas | Resto de empresas y autónomos | 6 de octubre de 2028 Publicado en el BOE |
Las fechas de la factura electrónica salen de la Orden HAC/1028/2026, publicada el 5 de octubre de 2026, que pone en marcha el calendario del Real Decreto 238/2026.
Verifactu y factura electrónica no son lo mismo
Se confunden mucho porque van a llegar juntas, pero piden cosas distintas:
- Verifactu se fija en cómo funciona tu programa: que cada factura y cada ticket queden registrados, encadenados y con un código QR, y que no se puedan tocar después. Afecta a todo lo que emites, también los tickets a particulares.
- La factura electrónica se fija en cómo se la envías a tu cliente cuando es otra empresa o un autónomo: en un formato estructurado que lee un ordenador (no vale un PDF), a través de la solución pública de Hacienda o de una plataforma privada, y comunicando después si te la ha pagado. No afecta a las ventas a particulares.
La consecuencia práctica: quien hoy hace las facturas en Word o a mano no está obligado por Verifactu, pero desde el 6 de octubre de 2028 no podrá enviar así las facturas a otros negocios.
¿Espero o me adapto ya?
Depende de lo que tengas ahora. Pero hay dos cosas que valen para casi todos:
- No des el retraso por hecho. Ya pasó con el Real Decreto-ley 15/2025, que llegó en diciembre, a menos de un mes de la fecha anterior. Mientras no haya norma publicada, planifica con 2027.
- Si vas a cambiar de programa, cambia una sola vez. Elige uno que cumpla Verifactu y que su fabricante diga que estará preparado para la factura electrónica. Así no tendrás que repetir la mudanza en 2028.
Usar un programa que ya cumple Verifactu antes de la fecha está permitido, así que adelantarte no te complica nada.
Qué hacer según tu caso
Ya usas un programa que cumple Verifactu
No tienes que hacer nada más por ahora. Pregunta a tu proveedor cuándo tendrá lista la factura electrónica entre empresas y guarda su declaración responsable.
Facturas con un Excel que numera o calcula solo
Es el caso con más prisa: a efectos de Verifactu cuenta como programa y no puede cumplir. Si se publica el retraso tendrás más margen, pero el cambio lo vas a tener que hacer igual. Hazlo cuando te venga bien, por ejemplo al empezar un trimestre, y no la última semana.
Tienes una caja o un TPV que imprime tickets
Verifactu afecta a la caja. La factura electrónica, en cambio, solo a lo que factures a otros negocios. Pregunta al fabricante si tu modelo se actualiza o hay que cambiarlo: las cajas son lo que más tarda.
Haces las facturas en Word o a mano
Verifactu no te obliga mientras sigas así. Pero si facturas a empresas o a otros autónomos, desde el 6 de octubre de 2028 tendrás que hacerlo con factura electrónica. Si solo vendes a particulares, eso no te afecta.
Estás en el País Vasco o en Navarra
El anuncio habla de Verifactu, que no se aplica en las haciendas forales. TicketBAI sigue igual y con sus fechas: ya es obligatorio en Álava, Gipuzkoa y Bizkaia. La factura electrónica entre empresas es una obligación aparte; pregunta a tu gestoría cómo se va a coordinar con tu hacienda foral.
Preguntas frecuentes
¿Ya es oficial el retraso?
No. Es un anuncio del Ministerio de Hacienda. Será oficial cuando se publique la norma en el BOE. Actualizaremos esta guía en cuanto pase.
¿Puedo seguir con mi Excel hasta 2028?
Con la ley de hoy, no: los autónomos tienen que cumplir desde el 1 de julio de 2027. Si se publica el aplazamiento, podrás hasta octubre de 2028, pero no hay garantía de que llegue a tiempo.
¿La factura electrónica afecta a mis facturas a particulares?
No. Es para las facturas entre empresarios y profesionales. Las de tus clientes particulares siguen como hasta ahora, aunque tu programa tenga que cumplir Verifactu.
¿Cambian las multas?
No. El aplazamiento solo mueve la fecha. Cuando la obligación sea exigible, usar un programa que no cumple puede costar hasta 50.000 € por ejercicio (artículo 201 bis de la Ley General Tributaria).
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Escríbeme¿Quieres el paso a paso completo? Lee la guía Verifactu para autónomos: qué hacer antes del 1 de julio de 2027.
Información general basada en la nota informativa del Ministerio de Hacienda de 5 de octubre de 2026, el Real Decreto 1007/2023, el Real Decreto-ley 15/2025, el Real Decreto 238/2026 y la Orden HAC/1028/2026. No es asesoría fiscal: si tienes dudas sobre tu caso, confírmalo con tu gestoría.